Canal externo de información
Autoridad Independiente de Protección del Informante (AINPI)
Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (AINPI)
Se informa sobre la existencia del canal externo de información mediante el cual pueden remitir información a la AINPI de forma confidencial o anónima sobre asuntos irregulares o reportar acciones poco éticas, ilegales o que infrinjan la normativa europea o constituyan infracción penal o administrativa grave o muy grave.
Toda persona física podrá informar ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (https://www.proteccioninformante.gob.es/) de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la ley 2/23, ya sea directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno.
Se recuerda a los informantes que el sistema interno de información de la entidad es el cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones previstas en el artículo 2 de la ley 2/23, siempre que se pueda tratar de manera efectiva la infracción y si el denunciante considera que no hay riesgo de represalia.
Canales de Presentación de Informaciones
Canales Oficiales de la AINPI
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